Surgen en los distintos ámbitos del poder (legislativo, ejecutivo y judicial), que elaboran las pautas por las que se rige el Estado. Por su carácter preceptivo, en ellos predomina la función apelativa.
Características comunicativas:
Su intención comunicativa es normativa. Su emisor suele ocupar una posición de dominioreceptor, una posición subordinada, y es más genérico y amplio que en otros tipos de textos (son todos los ciudadanos); Los textos orales solo se validan al estar escritos. Su lenguaje es poco accesible (entorpecimiento de la finalidad comunicativa). Sus temas abarcan una enorme gama de materias y comprenden una amplia diversidad de tipos de textos.
Características estructurales (según los tipos):
Textos legales: emitidos por el poder legislativo (excepcionalmente, por el ejecutivo), de cumplimiento obligatorio. Estructura: enunciado general, artículos, apartados. Tipos: Constitución, ley orgánica, ley ordinaria, decreto, real decreto, decreto ley, decreto legislativo, orden ministerial.
Textos judiciales: regulan las relaciones entre los ciudadanos y surgen de la práctica legislativa de los profesionales del derecho. Responden a un modelo. Tipos: demanda, sentencia, recurso o apelación, notificación, edicto, contrato.
Textos administrativos: su emisor expreso puede pertenecer a la Administración o ser un administrado (instancia). Textos de la Administración: cumplen las funciones de constancia y de comunicación; tienen valor jurídico-legal. Pueden ser: para acreditar actos, hechos o efectos(actas y certificados), redactados por técnicos o funcionarios para asesoramiento de carácter interno (informes y propuestas motivadas de resolución), elaborados por la Administración para informar de algo a los administrados o a los órganos administrativos (notificaciones, publicaciones, anuncios) o textos de los administrados (instancia) como petición para obtener algún beneficio.
Características lingüísticas:
Emplean un lenguaje carente de naturalidad (excesivo formalismo, léxico recargado y rebuscado, sintaxis enrevesada), que tiende al conservadurismo.
Rasgos morfosintácticos: predominio de la categoría nominal y de sintagmas nominales extensos; 3.ª persona del singular y 1.ª del plural con valor impersonal, locuciones verbales, perífrasis verbales obligativas y de posibilidad, futuro con valor imperativo, presente con valor intemporal y futuro, futuro del subjuntivo (arcaísmo), formas verbales no personales, locuciones prepositivas, adjetivos denominales en -al y -ario, nominalizaciones deverbales, adverbios en -mente, siglas, pasivas perifrásticas y reflejas e impersonales con se, subordinadas sustantivas adjetivas (frecuente uso del relativo cuyo) y adverbiales temporales, condicionales y finales.
Rasgos léxico-sintácticos: sustantivos abstractos, adjetivos de relación y valorativos, verbosperformativos, terminología específica, préstamos (anglicismos, galicismos, latinismos, helenismos, arabismos), eufemismos, sinonimia, monosemia, polisemia y homonimia, neologismos.
Características comunicativas:
Su intención comunicativa es normativa. Su emisor suele ocupar una posición de dominioreceptor, una posición subordinada, y es más genérico y amplio que en otros tipos de textos (son todos los ciudadanos); Los textos orales solo se validan al estar escritos. Su lenguaje es poco accesible (entorpecimiento de la finalidad comunicativa). Sus temas abarcan una enorme gama de materias y comprenden una amplia diversidad de tipos de textos.
Características estructurales (según los tipos):
Textos legales: emitidos por el poder legislativo (excepcionalmente, por el ejecutivo), de cumplimiento obligatorio. Estructura: enunciado general, artículos, apartados. Tipos: Constitución, ley orgánica, ley ordinaria, decreto, real decreto, decreto ley, decreto legislativo, orden ministerial.
Textos judiciales: regulan las relaciones entre los ciudadanos y surgen de la práctica legislativa de los profesionales del derecho. Responden a un modelo. Tipos: demanda, sentencia, recurso o apelación, notificación, edicto, contrato.
Textos administrativos: su emisor expreso puede pertenecer a la Administración o ser un administrado (instancia). Textos de la Administración: cumplen las funciones de constancia y de comunicación; tienen valor jurídico-legal. Pueden ser: para acreditar actos, hechos o efectos(actas y certificados), redactados por técnicos o funcionarios para asesoramiento de carácter interno (informes y propuestas motivadas de resolución), elaborados por la Administración para informar de algo a los administrados o a los órganos administrativos (notificaciones, publicaciones, anuncios) o textos de los administrados (instancia) como petición para obtener algún beneficio.
Características lingüísticas:
Emplean un lenguaje carente de naturalidad (excesivo formalismo, léxico recargado y rebuscado, sintaxis enrevesada), que tiende al conservadurismo.
Rasgos morfosintácticos: predominio de la categoría nominal y de sintagmas nominales extensos; 3.ª persona del singular y 1.ª del plural con valor impersonal, locuciones verbales, perífrasis verbales obligativas y de posibilidad, futuro con valor imperativo, presente con valor intemporal y futuro, futuro del subjuntivo (arcaísmo), formas verbales no personales, locuciones prepositivas, adjetivos denominales en -al y -ario, nominalizaciones deverbales, adverbios en -mente, siglas, pasivas perifrásticas y reflejas e impersonales con se, subordinadas sustantivas adjetivas (frecuente uso del relativo cuyo) y adverbiales temporales, condicionales y finales.
Rasgos léxico-sintácticos: sustantivos abstractos, adjetivos de relación y valorativos, verbosperformativos, terminología específica, préstamos (anglicismos, galicismos, latinismos, helenismos, arabismos), eufemismos, sinonimia, monosemia, polisemia y homonimia, neologismos.
Inma falta el comentario de un texto de este tipo, que dijistes q lo publicarías.
ResponderEliminarme ayudaste algo pero falta mas sobre su fundamentacion
ResponderEliminar